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La planificación sucesoral es una herramienta clave para proteger el patrimonio familiar y asegurar que los bienes se transfieran de manera ordenada a las siguientes generaciones. En Colombia, muchas familias y familias empresariales desconocen que existen formas legales de organizar la herencia que reducen conflictos, optimizan impuestos y fortalecen la continuidad de la historia empresarial.

Este artículo explica, de manera clara y sencilla, los tipos de titularidad de propiedad y las estrategias más importantes para lograr una correcta gestión patrimonial y una sólida Seguridad Jurídica Familiar.

¿Qué es la planificación sucesoral y por qué es tan importante?

La planificación sucesoral consiste en organizar los bienes, derechos y obligaciones de una persona, familia o empresa para su transmisión futura. Su objetivo es evitar disputas entre herederos, proteger a los miembros más vulnerables y garantizar que los recursos económicos o empresariales se administren correctamente.

En Colombia, la planificación sucesoral está regulada por la normativa vigente y el Código Civil colombiano, que establece quiénes son los herederos, cómo se reparten los bienes y qué derechos tienen los familiares según los lazos de parentesco.

Sin una adecuada estructura legal, los procesos de herencia pueden ser largos, costosos y emocionalmente difíciles para la familia.

Tipos de titularidad de propiedad que optimizan la herencia

La forma en que una persona registra sus bienes influye directamente en cómo se gestionará la sucesión familiar. A continuación, explicamos las principales opciones.

1. Propiedad individual

Es cuando una persona es la única titular del bien. Aunque es la forma más común, puede generar procesos sucesorales complejos si no existe un testamento o una planificación previa.

En estos casos, los bienes deben pasar por un proceso de gestión de sucesiones conforme al derecho de familia, lo que puede implicar trámites ante notaría o juzgados.

2. Copropiedad o propiedad compartida

Se presenta cuando varias personas comparten la titularidad de un bien, por ejemplo, entre cónyuges, socios o herederos. Es frecuente en empresas familiares y en bienes inmuebles.

Esta modalidad facilita la continuidad de los activos, pero requiere reglas claras para evitar conflictos, especialmente en familias empresariales con varios herederos.

3. Sociedad patrimonial o estructura societaria

Crear una sociedad para administrar bienes es una estrategia avanzada de gestión patrimonial. Permite separar el patrimonio personal del empresarial y definir reglas de sucesión dentro de la empresa.

Esta estructura legal es muy utilizada en familias empresariales con una larga historia empresarial, ya que protege los activos y facilita la transmisión generacional.

4. Fiducia o patrimonio autónomo

La fiducia es una herramienta legal que permite transferir bienes a una entidad fiduciaria para que los administre según instrucciones previamente establecidas.

Es útil para proteger recursos sociales y económicos, garantizar la educación de los hijos o asegurar la continuidad de empresas familiares.

Protocolo familiar y pactos sucesorales

El protocolo familiar es un documento estratégico que establece las reglas de gobierno y sucesión en una familia empresaria. Define quién puede trabajar en la empresa, cómo se toman decisiones y cómo se reparten los beneficios.

Por otro lado, los pactos sucesorales son acuerdos que permiten organizar la distribución del patrimonio antes del fallecimiento, dentro de los límites del Código Civil colombiano.

Estas herramientas fortalecen la continuidad de la sucesión familiar y reducen conflictos entre herederos.

Uniones maritales de hecho y lazos de parentesco

En Colombia, las uniones maritales de hecho tienen reconocimiento legal, lo que significa que los compañeros permanentes pueden tener derechos sobre la herencia.

Asimismo, los lazos de parentesco (hijos, padres, cónyuge o compañeros permanentes) determinan quiénes son herederos forzosos. Por ello, es fundamental contar con asesoría legal para organizar la herencia de forma justa y conforme a la normativa vigente.

La importancia de la asesoría legal en la planificación sucesoral

Una correcta planificación requiere asesoría legal especializada en derecho de familia, derecho sucesoral y, en algunos casos, incluso en estrategia empresarial, especialmente cuando existen empresas familiares con empleados y estructuras organizacionales complejas.

Un equipo especializado puede ayudar a diseñar una estructura legal adecuada, prevenir disputas, proteger los recursos económicos y asegurar la continuidad del patrimonio familiar.

Beneficios de una planificación sucesoral avanzada

Implementar una estrategia de planificación sucesoral ofrece múltiples beneficios:

  • Mayor Seguridad Jurídica Familiar
  • Protección del patrimonio frente a conflictos
  • Optimización de impuestos y costos legales
  • Continuidad de la historia empresarial
  • Organización clara de los recursos sociales y económicos
  • Prevención de disputas entre herederos

La planificación sucesoral no es solo para grandes fortunas. Cualquier familia que desee proteger su patrimonio y asegurar el bienestar de sus seres queridos puede beneficiarse de una estrategia adecuada.

Con una correcta gestión patrimonial, protocolos familiares y estructuras legales bien definidas, es posible garantizar una sucesión familiar ordenada, justa y eficiente, alineada con la normativa vigente.

En CABA Abogados, acompañamos a familias y familias empresariales en la construcción de soluciones jurídicas que protegen su patrimonio y su legado generacional.

Muchas parejas en Colombia creen que por llevar años viviendo juntos, ya tienen los mismos derechos que un matrimonio si alguno llega a faltar. ¡Cuidado! Esto es un mito.

En CABA Abogados, vemos a diario cómo la falta de un papel o de una instrucción clara se convierte en un dolor de cabeza para quien queda solo. Aquí te explicamos lo que realmente pasa, sin enredos:

1. La herencia no llega sola 

Si no hay un testamento, la ley decide por ti. Y ojo a esto: si tienes hijos, ellos son los primeros en la lista para heredar. Tu pareja no recibe todo automáticamente; primero debe «separar» lo que construyeron juntos (la sociedad patrimonial), pero los bienes que tú ya tenías antes de la unión podrían quedar fuera de su alcance.

2. ¿Qué dice la ley? (Ley 54 de 1990 y Ley 979 de 2005) 

Aunque la ley reconoce la «Unión Marital de Hecho», para que tu pareja pueda reclamar sus derechos sin peleas judiciales, lo mejor es haber declarado la unión ante un notario o mediante acta de conciliación. Si no lo hicieron, tu pareja tendrá que demostrarle a un juez que sí eran una familia, lo cual toma tiempo, dinero y mucho desgaste emocional.

3. El Testamento: Tu mejor herramienta (Art. 1055 CC) 

El testamento es para todos. Es un documento donde tú dejas por escrito qué quieres que pase con tus cosas. Con la ley actual, tienes más libertad para dejarle una parte mayor de tus bienes a tu pareja, asegurando, por ejemplo, que no la saquen de la casa donde viven.

¿Cómo proteger a quien amas hoy mismo?

Planificar no es desconfianza, es amor con responsabilidad. Evita que tu pareja tenga que pelear con otros familiares por lo que ambos construyeron.

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¿Quieres saber cómo está tu situación hoy? Escríbenos y te lo explicamos de forma clara.

Nadie quiere pensar en esa posibilidad. Pero precisamente por eso existe la guarda testamentaria en Colombia: para que, si llegas a faltar, no sea un juez desconocido quien decida quién cuidará a tus hijos, sino tú mismo, con anticipación y con criterio.

Es una de las decisiones más importantes que un padre o una madre puede tomar. Y sin embargo, es una de las más postergadas.

En este artículo te explicamos qué es la guarda testamentaria, cómo funciona en Colombia, quién puede ser designado guardador, qué pasa si no lo haces y cómo constituirla correctamente.

¿Qué es la guarda testamentaria en Colombia?

La guarda testamentaria es una figura jurídica que permite a los padres designar, mediante testamento, a una persona de su confianza para que se encargue del cuidado personal y la administración de los bienes de sus hijos menores de edad o con discapacidad, en caso de que ambos padres lleguen a faltar.

Está prevista en la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) y en el artículo 397 del Código General del Proceso, y forma parte de lo que se conoce como planificación sucesoral.

A diferencia de la patria potestad, que opera mientras los padres están vivos, la guarda testamentaria entra en acción cuando ya no están. Y a diferencia de la tutela ordinaria, aquí es el propio padre o madre quien elige al guardador, no el Estado.

¿Qué pasa si no designas un guardador en tu testamento?

Esta es la pregunta que más claridad genera sobre la importancia de esta figura.

Si falleces sin haber designado un guardador, un juez de familia iniciará un proceso para nombrar a quien se encargará de tus hijos. Ese proceso:

  • Puede tardar meses
  • Puede generar conflictos entre familiares que se sientan con derecho a asumir ese rol
  • Puede resultar en la designación de una persona que tú no habrías elegido
  • Somete a tus hijos a una incertidumbre innecesaria en un momento ya difícil

El juez seguirá criterios legales generales, pero no tiene manera de conocer tus deseos, tus valores ni la persona que tú considerabas más idónea para ese rol.

La guarda testamentaria existe precisamente para evitar ese escenario.

¿Quién puede ser designado guardador testamentario?

La ley colombiana no exige que el guardador sea un familiar. Puede ser cualquier persona natural que cumpla con los siguientes criterios generales:

  • Ser mayor de edad
  • Tener plena capacidad legal
  • No estar incursa en causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la ley
  • Ser idónea para asumir la responsabilidad del cuidado personal y/o patrimonial del menor

Puede ser un familiar cercano, un amigo de confianza, o incluso una persona distinta para cada función. En Colombia es posible designar un guardador para el cuidado personal del menor y otro para la administración de sus bienes, si las circunstancias lo justifican.

Lo importante es que la designación sea clara, consciente y respaldada por una asesoría jurídica adecuada.

Funciones del guardador testamentario

El guardador asume dos tipos de responsabilidades frente al menor:

Cuidado personal

Implica velar por la salud, la educación, el desarrollo emocional y el bienestar integral del niño, niña o adolescente. Es, en términos prácticos, asumir el rol parental en la cotidianidad.

El guardador toma decisiones sobre dónde vive el menor, en qué colegio estudia, qué atención médica recibe. No es una responsabilidad menor. Es, de hecho, la más importante.

El cuidado personal del menor siempre estará supervisado por el defensor de familia, quien puede intervenir en cualquier momento si considera que los derechos fundamentales del niño no están siendo garantizados.

Administración patrimonial

El guardador también puede ser responsable de administrar los bienes que el menor herede o reciba. Esto implica:

  • Elaborar un inventario detallado de los bienes bajo su administración
  • Rendir cuentas periódicas ante el juez de familia
  • Actuar siempre en beneficio del menor, no en beneficio propio
  • No disponer libremente de los bienes sin autorización judicial

El guardador actúa como administrador fiduciario. Cualquier irregularidad puede generar sanciones y responsabilidad civil. El sistema está diseñado para proteger al menor, no para darle poder ilimitado al guardador.

¿Cómo se constituye la guarda testamentaria en Colombia?

El proceso tiene dos momentos clave:

1. La designación en el testamento

La guarda testamentaria debe constar en un testamento válido, ya sea abierto (ante notaría) o cerrado (con los requisitos legales del Código Civil). En el testamento se debe indicar:

  • El nombre del guardador designado
  • A qué hijo o hijos aplica la designación
  • Si el guardador asumirá el cuidado personal, la administración patrimonial o ambas funciones
  • Cualquier instrucción especial sobre educación, valores o administración de bienes

Una redacción imprecisa o incompleta puede generar dudas en la etapa judicial y debilitar la designación. Por eso la asesoría legal en esta etapa es determinante.

2. La ratificación judicial

La voluntad de los padres no es suficiente por sí sola. Una vez abierta la sucesión, el juez de familia debe ratificar la designación evaluando la idoneidad del guardador.

En este proceso pueden intervenir el defensor de familia y los herederos. El control judicial no está pensado para desconocer la voluntad de los padres, sino para garantizar que la persona designada efectivamente protegerá al menor.

Marco jurídico de la guarda testamentaria en Colombia

Entender la guarda testamentaria desde el Código Civil colombiano —y sus desarrollos normativos posteriores— permite tomar decisiones más sólidas. Estos son los aspectos centrales que cualquier padre o madre debería conocer:

Su finalidad es la protección integral. La guarda testamentaria no es solo una formalidad. Su propósito jurídico es garantizar el cuidado, la alimentación, la educación y la administración adecuada de los bienes del menor o de la persona con incapacidad. Todo gira en torno a su bienestar.

La designación parte de los padres, pero la valida la justicia. Aunque son los padres quienes nombran al guardador en el testamento, la figura requiere ser ratificada por una autoridad judicial para tener plena vigencia. El juez no sustituye la voluntad parental: la revisa y la respalda.

Su alcance puede ser total o diferenciado. La guarda puede abarcar tanto el cuidado personal como la administración patrimonial, o puede distribuirse entre personas distintas según las necesidades del menor y la estructura familiar.

Es posible establecer condiciones. El testamento puede incluir condiciones suspensivas o resolutorias: plazos, eventos o circunstancias que determinen cuándo inicia o termina la guarda. Esta flexibilidad permite adaptar la figura a realidades familiares complejas.

Tutor y curador no son lo mismo. El Código Civil distingue dos roles dentro del régimen de guardas. El tutor asume la protección integral del menor: tanto su cuidado personal como la administración de su patrimonio. El curador, en cambio, se enfoca en la defensa de derechos y la administración de bienes, y generalmente entra cuando existe oposición de intereses con el tutor o cuando las circunstancias lo exigen. Comprender esta distinción es clave al momento de redactar el testamento.

Actualización normativa en materia de discapacidad. El régimen de guardas fue modificado por la Ley 1306 de 2009, y posteriormente transformado de manera significativa por la Ley 1996 de 2019, que reconoce la capacidad legal plena de las personas con discapacidad y reemplaza las antiguas figuras de interdicción por herramientas de apoyo a la toma de decisiones. Si el caso involucra a un hijo con discapacidad, la asesoría legal debe contemplar este nuevo marco normativo de forma específica.

Ejemplo práctico

Imagina una pareja con dos hijos de 6 y 9 años. Ninguno de los dos ha otorgado testamento.

En un accidente, ambos fallecen. Sus familias —los abuelos paternos y maternos— tienen visiones distintas sobre cómo deben criarse los niños y quién debe administrar los bienes que heredan. Cada familia considera que tiene más derecho que la otra.

El resultado: un proceso judicial prolongado, los niños en el centro de un conflicto familiar en el peor momento de sus vidas, y decisiones sobre su futuro tomadas por personas que no los conocían.

Si los padres hubieran otorgado testamento con guarda testamentaria, habrían elegido a la persona en quien más confiaban —un hermano, un amigo cercano, quien fuera— y ese conflicto no habría existido.

La guarda testamentaria dentro de una planificación integral

La guarda testamentaria es una pieza dentro de un proceso más amplio: la planificación sucesoral.

Una planificación completa también puede incluir capitulaciones matrimoniales para proteger el patrimonio, una estructura patrimonial adecuada para los bienes que heredarán los hijos, y directivas anticipadas para prever escenarios de incapacidad.

No se trata de pensar en la muerte. Se trata de pensar en los que se quedan.

Preguntas frecuentes sobre guarda testamentaria en Colombia

¿La guarda testamentaria aplica solo si ambos padres fallecen?

En la mayoría de los casos, sí. Mientras uno de los padres esté vivo y tenga la patria potestad, la guarda testamentaria no entra en operación. Se activa cuando el menor queda sin representante legal.

¿Puedo designar guardadores distintos para el cuidado personal y los bienes?

Sí. La ley colombiana permite designar una persona para el cuidado personal del menor y otra para la administración de sus bienes, si las circunstancias lo justifican.

¿El guardador puede rechazar la designación?

Sí. Nadie está obligado a aceptar el cargo. Por eso es recomendable consultar previamente a la persona que se desea designar y, si es posible, nombrar un guardador suplente en el testamento.

¿El juez puede rechazar al guardador que designé?

Sí. El juez de familia evalúa la idoneidad del guardador designado. Si encuentra razones para rechazarlo, nombrará a otro según el orden legal. Por eso la redacción del testamento y la elección del guardador deben hacerse con asesoría jurídica.

¿La guarda testamentaria aplica también para personas con discapacidad?

Sí. Puede aplicarse en casos que involucren hijos con discapacidad, pero debe contemplarse bajo el marco de la Ley 1996 de 2019, que transformó el régimen de capacidad legal en Colombia. La asesoría jurídica específica es indispensable en estos casos.

¿Cuándo es el momento indicado para constituir la guarda testamentaria?

Cuanto antes. No existe una edad mínima para otorgar testamento en Colombia. La guarda testamentaria puede y debe hacerse desde que se tienen hijos menores a cargo.

Protege su futuro hoy

La guarda testamentaria es una decisión que refleja amor, previsión y responsabilidad. No se trata de pensar en la muerte. Se trata de garantizar que, pase lo que pase, tus hijos estarán en manos de quien tú elegiste.

En CABA Abogados, con más de 14 años de experiencia en derecho de familia y gestión patrimonial, te acompañamos en la constitución de una guarda testamentaria sólida, válida y ajustada a tu realidad familiar.

Porque la protección más importante que puedes darle a tus hijos no es económica. Es saber que siempre habrá alguien que los cuide como tú lo harías.

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La importancia de planificar tu sucesión

La planificación sucesoral es un acto de responsabilidad y amor hacia la familia. No se trata solo de repartir bienes, sino de garantizar una transición patrimonial clara, ordenada y sin conflictos.
En Colombia, este proceso debe realizarse conforme al Código Civil y la normativa fiscal vigente, asegurando que cada disposición cumpla con las reglas de orden sucesoral y respete los derechos de todos los herederos.

Una buena planeación evita cargas tributarias innecesarias, protege el patrimonio familiar y previene disputas que puedan fracturar los lazos entre los herederos.

Planificación legal y fiscal: la clave del equilibrio

La correcta planificación implica definir la voluntad del causante dentro de los límites legales, considerando las asignaciones forzosas y la legítima efectiva, que protegen los derechos de los hijos, hijas, cónyuge y demás herederos forzosos.

Además, una asesoría jurídica especializada permite optimizar la carga tributaria, aprovechar beneficios fiscales y asegurar que las decisiones testamentarias se cumplan conforme a la ley, preservando el valor real del patrimonio.

En CABA Abogados diseñamos estructuras legales personalizadas para que cada familia mantenga el control, la seguridad y la armonía durante el proceso sucesorio.

Sociedad conyugal, régimen patrimonial y derechos del cónyuge

El régimen económico de la pareja ya sea sociedad conyugal o separación de bienes tiene efectos directos en la sucesión. Determina qué bienes se incluyen en el patrimonio a repartir y cuáles permanecen fuera del proceso.

Por eso, es recomendable elaborar protocolos familiares que establezcan reglas claras sobre la administración del patrimonio, la participación de los herederos y la continuidad del legado familiar.

Asimismo, contar con seguros de vida o instrumentos financieros complementarios puede facilitar el pago de impuestos sucesorales y garantizar la estabilidad económica del cónyuge y de los hijos e hijas.

Herramientas de planeación

Las donaciones revocables son una opción avanzada dentro de la planificación sucesoral. Permiten transferir bienes en vida, pero con la posibilidad de revocarlas o modificarlas si cambian las circunstancias familiares o económicas.

Sin embargo, deben ejecutarse bajo asesoría legal especializada para asegurar su coherencia con las normas del Código Civil Colombiano y evitar futuras impugnaciones o conflictos entre herederos.

Liquidación de la herencia

La liquidación de la herencia y de los activos es la etapa que define cómo se distribuirá el patrimonio.
En casos de empresas familiares, una gestión profesional evita que los desacuerdos afecten la continuidad del negocio o las relaciones familiares.

El acompañamiento de abogados expertos asegura una valoración justa y transparente de los bienes, la correcta adjudicación de activos indivisibles y la aplicación de mecanismos compensatorios que eviten la venta forzosa de propiedades.

Inversiones en el exterior y sucesión internacional

Las familias con capital o bienes en el extranjero deben considerar la regulación de inversión extranjera y su impacto en la sucesión. En estos casos, se requiere una planeación aún más detallada, que integre la normativa civil y fiscal colombiana con los tratados internacionales aplicables.

Proteger el legado y la unión familiar

Una planificación sucesoral adecuada no solo protege los bienes, sino también la unión familiar. Integrar correctamente las disposiciones del Código Civil, las normas fiscales y las estrategias jurídicas modernas garantiza que tu voluntad se cumpla sin conflictos.

En CABA Abogados te acompañamos en cada etapa: desde la redacción del testamento y la creación de fideicomisos civiles, hasta la liquidación de herencias y la prevención de disputas entre herederos.

Tu tranquilidad y la estabilidad de tu familia comienzan con una buena planificación.
CABA Abogados: la seguridad jurídica que tu familia merece.

Testamentos en Colombia: Tipos y Requisitos

El testamento es un documento legal que le permite a una persona expresar su última voluntad sobre la distribución de sus bienes y la designación de herederos, después de su fallecimiento.

En este artículo, exploraremos los diferentes tipos de testamentos en Colombia, los requisitos que deben cumplirse para su elaboración y compartimos las preguntas más frecuentes relacionadas con el testamento:

Tipos de testamentos en Colombia

Los testamentos pueden ser solemnes o no solemnes, los primeros se dividen en testamento abierto y cerrado. Mientras que los segundos testamentos, privilegiados o menos solemnes, se dividen en verbal, militar y marítimo.

1. Testamento abierto

En presencia de testigos, la persona que otorga el testamento expresa su voluntad con respecto a sus bienes y el notario lo registra en escritura pública, para luego leerlo en voz alta. Este tipo de testamento es el más común, ya que brinda mayor seguridad jurídica y evita posibles conflictos futuros.

Artículo de interés: Sucesiones en Colombia [tipos, documentación y preguntas frecuentes]

2. Testamento cerrado

El testamento cerrado, según el artículo 1078 del código civil, debe otorgarse ante notario público y 5 testigos. En este caso, la persona que desea hacer su testamento, lo redacta por sí misma o mediante un tercero y luego lo presenta en sobre cerrado ante un notario, quien se encarga de verificar que cumpla con los requisitos legales. Después del fallecimiento del testador, se dará apertura al sobre con la intervención del notario y testigos.

En general, se debe tener en cuenta que el testador solo podrá disponer del 50% de sus bienes para distribuir en el testamento, ya que, de acuerdo a la ley, el 50% restante será heredado a sus herederos forzosos, en caso de existir ascendientes más próximos o descendientes (hijos, nietos, bisnietos o padres, abuelos bisabuelos, los demás casos se podrá disponer del 100% de su patrimonio, es decir cuando sus herederos sean hermanos y/o sobrinos).

Requisitos generales para la elaboración de un testamento

  • El testador debe ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales al momento de otorgar el testamento. Si la persona no cumple con estos requisitos, el testamento podría ser impugnado por falta de capacidad.
  • El testamento debe ser resultado de la voluntad libre y consciente del testador, sin influencias externas que lo afecten.
  • Formalidades legales: Cada tipo de testamento tiene requisitos formales específicos. En el caso del testamento abierto, se requiere la presencia de un notario y testigos. En el testamento cerrado, se debe presentar el sobre sellado y cumplir con los requisitos de contenido establecidos en la ley. En el testamento ológrafo, debe estar escrito de puño y letra por el testador, estar fechado y firmado.
  • Los testamentos deben registrarse para que tengan validez. También es importante conservar una copia del testamento en un lugar seguro y comunicar su existencia a los herederos designados.

Preguntas frecuentes sobre el testamento en Colombia

1. ¿Es necesario hacer un testamento en Colombia?

Hacer un testamento en Colombia no es obligatorio, pero es altamente recomendable. Un testamento permite dejar claras las voluntades del testador en cuanto a la distribución de sus bienes y la designación de herederos, evitando posibles conflictos y disputas familiares en el futuro.

2. ¿Qué sucede si no se hace un testamento?

Si una persona fallece sin dejar un testamento válido, se aplicará la ley de sucesiones intestadas en Colombia. Esto significa que los bienes serán distribuidos según un orden establecido por la ley, sin tener en cuenta las preferencias o deseos del fallecido.

En este caso, la distribución de los bienes se hará entre los herederos legales según el parentesco y las reglas establecidas en el Código Civil. Hacer un testamento permite tener control sobre la distribución de los bienes y evitar posibles disputas entre los herederos.

3. ¿Cuántos testigos se necesitan para otorgar un testamento en Colombia?

En el caso del testamento abierto, se requieren al menos dos testigos mayores de edad que estén presentes durante la firma del testamento ante el notario. En el testamento cerrado, no se requiere la presencia de testigos en el momento de su otorgamiento, pero sí se necesitarán testigos cuando se proceda a su apertura después del fallecimiento del testador.

4. ¿Se puede revocar un testamento en Colombia?

Sí, si es posible revocar un testamento en Colombia, en cualquier momento, antes del fallecimiento del testador. Esto se puede hacer mediante la elaboración de un nuevo testamento que anule o modifique las disposiciones del testamento anterior.

Artículo relacionado: Orden hereditario en Colombia en caso de no haber testamento (sucesiones intestadas)

En resumen…

El testamento es un instrumento legal que permite a las personas expresar su última voluntad en relación con la distribución de sus bienes. Si su voluntad es realizar un testamento y quiere asegurarse de no cometer errores lamentables y que sea válido en el ámbito legal, contáctenos y agende su consulta jurídica.

Nuestros abogados especializados en temas testamentarios y sucesorales, le brindarán la orientación adecuada para que su voluntad se cumpla a cabalidad y su testamento esté acorde con los requisitos legales.

Llama al 311 475 2167 o escríbenos para una consulta gratuita.
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